RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
ALFREDO RUBIO CHÁVEZ
FECHAS Y HORARIOS:
Lunes 7 y 14 de julio de 16:00 a 21:00 horas.
PUNTOS EPC:
10 horas
TEMARIO:
I. Personas morales no contribuyentes.
II.
Casos en que se considerarán contribuyentes del ISR.
- Cuando perciban ingresos de los mencionados en los capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley.
- Cuando enajenen bienes distintos de su activo fijoo presten servicios a personas distintas de sus miembros o socios.
- Cuando obtengan ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados para recibir donativos
III. Determinación del remanente distribuible y su tratamiento fiscal, cuando sus integrantes sean:
- Personas físicas
- Personas físicas que realizan actividades empresariales
- Personas Morales del Título IIde esta Ley.
IV.
Partidas que se consideran remanente distribuibles y sus obligaciones
- Omisión de ingresos.
- Compras no realizadas e indebidamente registradas.
- Erogaciones no deducibles.
- Préstamos a socios, cónyuges , ascendientes o descendientes en línea recta del socio.
- Entero del impuesto correspondiente.
V.
Requisitos para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles.
VI.
Causales de revocación de la autorización para recibir donativos y sus obligaciones.
VII. Tratamiento fiscal de los fondos de inversión en instrumentos de deuday renta variable
VIII.
Otras obligaciones fiscales:
• Expedir comprobantes fiscales.
• Presentar declaraciones informativas.
• Retener y enterar impuestos.
• Información sobre ingresos y erogaciones.
• Determinación de la CUCA y efectos fiscales.